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El
profesor de Economía del Sector Público de la Universidad
San Pablo-CEU y experto en Armonización Fiscal en la UE, Javier
Rodríguez Luengo, señalo que “tan
sólo sería necesario incrementar los tipos de gravamen ad
quantum del impuesto especial sobre los hidrocarburos (emisiones
de dióxido de carbono por litro) para reducir el consumo y las
emisiones de dióxido de carbono”.
Un
estudio realizado por el profesor Rodríguez Luengo demuestra que mejorando
el componente ambiental de la fiscalidad de los hidrocarburos en
la Unión Europea “es posible,
con una estrategia a largo plazo, modificar la conducta de los
usuarios del transporte por carretera hacia prácticas más
amigables con el medio ambiente, promover la eficiencia y el
ahorro energético, así como la sustitución de los combustibles
fósiles de mayor contenido carbónico por los de contenido menor
y la sustitución de los combustibles fósiles por fuentes
energéticas renovables”.
Esto
implica una reducción de las emisiones de dióxido de carbono a
la atmósfera y del riesgo de cambio climático, “lo que
convertiría a este impuesto en una
pieza clave de la política ambiental y ayudaría a justificar su
presencia en los sistemas tributarios, complementando la función
recaudadora del impuesto sobre el valor añadido”, apunta el
profesor.
La
combustión de los hidrocarburos genera un efecto externo
negativo: la emisión de dióxido de carbono a la atmósfera, el
principal gas antropogénico responsable del efecto invernadero, y
del cambio climático. “El precio de mercado de los
hidrocarburos, en la medida en que no incluye las valoraciones
marginales de los perjudicados, deja de ser para los consumidores
una señal de orientación eficiente y puede traducirse en un
consumo en exceso”, apunta el profesor. Para corregir
el efecto externo “el precio de los hidrocarburos tiene que
reflejar todos los costes y beneficios
marginales que se deriven de su consumo”.
Por eso, “a través de un incremento
en el impuesto, el precio
aumentará, el consumo disminuirá, y mejorará la eficiencia”.
Según
Rodríguez
Luengo, los beneficios de incrementar este impuesto se puede
materializar en los siguientes puntos:
1.
Internalizar
los beneficios y los costes derivados
de la construcción y el mantenimiento de la red viaria, la
congestión, la siniestralidad, y los daños en el medio ambiente
y disminuir consumos excesivos incrementando el precio de estos
productos.
2.
Ayudar
a mejorar la distribución de la renta,
gravando bienes de lujo.
3.
Aportar
un volumen de recursos importante
a un bajo coste administrativo ayudando a financiar las
necesidades de gasto de los agentes económicos públicos.
4.
Mantener
el tipo de cambio
y garantizar el suministro de energía controlando la
balanza de pagos.
5.
Y
para los países exportadores de petróleo, gravar el coste de
oportunidad de la exportación de las ventas domésticas de los
hidrocarburos, gravando las divisas que dejan de obtenerse
cuando se destinan al consumo interior en
lugar de la exportación.
Debate
en la Unión Europea
En
la Unión Europea la fiscalidad de los hidrocarburos ha suscitado
un debate planteándose, por un lado, el incremento de los
tipos de gravamen del impuesto especial sobre los
hidrocarburos, que reduciría su consumo, y las emisiones de dióxido
de carbono que se derivan de su combustión, hasta niveles
socialmente aceptables; y por otro, la definición de una
estructura de tipos de gravamen, que atienda a los resultados
ambientales de los carburantes, y que promueva, a través de la
diferenciación fiscal, la sustitución de los combustibles fósiles
de contenido carbónico mayor por los de contenido menor.
Según
explica el profesor, el impuesto especial sobre los hidrocarburos
es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre un consumo
específico, gravando en fase única su fabricación, importación
e introducción en el ámbito territorial interno, que “hasta
el 1 de enero de 2004, era el único impuesto sobre la energía
armonizado a nivel comunitario”.
En
la Unión Europea, en 2001, el
impuesto especial sobre los hidrocarburos
recaudó 160.641 millones de euros, lo
que representaba el 1,8 % del Producto Interior Bruto a precios de
mercado; el 4,4 % de los ingresos
fiscales totales; el 6,5 % del
total de los impuestos; el 12,9 %
de los impuestos indirectos; el
71,7 % de lo recaudado por los
impuestos sobre los consumos específicos,
por lo que seguía siendo, en términos recaudatorios, el
segundo impuesto indirecto detrás del impuesto sobre el valor añadido;
el 67,7 % de los tributos
ambientales; y el 87,9 % de los impuestos sobre la energía.
En
2003, en la Unión Europea la carga fiscal era del 67,34
% para la gasolina sin plomo, y del 59,9
% para el gasóleo de automoción.
En
su hipótesis de trabajo Rodríguez Luengo se plantea definir la
estructura de tipos de gravamen ad quantum del impuesto
especial sobre los hidrocarburos que permite la internalización
del efecto externo. Es decir: “Si a través de este impuesto,
es posible reducir o no el riesgo de cambio climático, originado
por las emisiones de dióxido de carbono, que se derivan de la
combustión de la gasolina sin plomo y del gasóleo de automoción
(promoviendo la eficiencia y el ahorro energético, la sustitución
de los combustibles fósiles de mayor contenido carbónico por los
de contenido menor, y la sustitución de los combustibles fósiles
por fuentes energéticas renovables); lo que le convertiría en
una pieza clave de la política ambiental (finalidad extrafiscal),
complementando la función recaudadora del impuesto sobre el valor
añadido (finalidad fiscal), y reforzaría su presencia en los
sistemas tributarios”.
Precio
en función de la demanda
Partiendo
de la dificultad que existe a la hora de valorar correctamente el
daño marginal (el coste marginal externo) que se deriva del
consumo de estos productos, el profesor ha desarrollado un método
que permite calcular, a partir de la elasticidad–precio de la
demanda, el incremento en el precio, y en el tipo de gravamen ad
quantum del impuesto especial sobre los hidrocarburos, que
reduce el consumo y las emisiones de dióxido de carbono que se
generan en su combustión a los niveles que logran la
internalización del efecto externo (socialmente aceptables),
utilizando como referencia los compromisos de emisiones de dióxido
de carbono acordados en el Protocolo de Kioto.
Gasolina sin plomo vs gasóleo
de automoción
Su
estudio se ha centrado en dos productos, la gasolina sin plomo
y el gasóleo de automoción (los carburantes del
transporte por carretera), que suponen casi la totalidad de la
recaudación del impuesto especial sobre los hidrocarburos (un 94
%), y representan un volumen importante de las emisiones de dióxido
de carbono que se generan en la combustión de los productos energéticos
derivados del petróleo (un 48 %).
Se
han utilizado las elasticidades–precio de la demanda de
carburante, en el corto y en el largo plazo, calculadas para
Europa por STERNER: -0,15, en
el corto plazo, y -1,24, en el largo plazo.
En
el gasóleo
de automoción
el incremento en el precio de venta al público más elevado lo
precisa Irlanda (un 48,1 %, aumentando de 0,77 a 1,14 € por
litro), y el más reducido Suecia (un
6,2 %, aumentando de
0,81 a 0,86 € por litro). España
requiere un incremento en el precio de un 27,4 %, aumentando de
0,62 a 0,79 € por litro. Una
vez realizados los ajustes, el precio de venta al público más
elevado lo alcanza Reino Unido (1,54 € por litro), y el más
reducido España, la media simple 1,00 € por litro.
Por
otro lado, la subida de los tipos de gravamen ad quantum
del impuesto especial sobre los hidrocarburos aplicados a la
gasolina sin plomo y al gasóleo de automoción no tiene por qué
tener efectos en la competitividad de un sector cuando éste actúa
con escasa competencia internacional, o cuando nuestros
principales socios comerciales ya han actuado en esta dirección.
Javier
Rodríguez Luengo
es profesor de Economía del Sector Público en la Universidad San
Pablo-CEU. Experto en Fiscalidad Internacional, Armonización
Fiscal Indirecta en la Unión Europea, Fiscalidad Ambiental,
Fiscalidad de la Energía, y Fiscalidad de los Hidrocarburos, ha
trabajado como consultor para numerosas empresas y organismos públicos.
Recientemente ha recibido el premio "Spin Off para
investigadores Madri+d 2004", por su proyecto “Creación de
una empresa de consultoría de estrategia tecnológica
especializada en energía y medio ambiente”. Además, participó
en el XVII Seminario Regional de Política Fiscal, organizado por
la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Económica para América
Latina y el Caribe (CEPAL) de la Organización de las Naciones
Unidas (ONU).
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