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Ruido |
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La Concejalía de Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad va a complementar la actualización del Mapa Acústico mediante un sistema de medición móvil, pionero en España y en Europa. “Este sistema situará a nuestra capital a la vanguardia de las metrópolis internacionales en materia de lucha contra el ruido, y que supone una importante novedad respecto a los sistemas tradicionales”, ha declarado el alcalde.
El
Ayuntamiento
ha
equipado
con
instrumentación
acústica
varios
vehículos
de
reducidas
dimensiones
(modelo
Smart)
que
realizarán
mediciones
de
corta
duración
de
los
niveles
sonoros
reales
existentes
en
la
ciudad.
Los
datos
obtenidos
por
esta
red
móvil,
se
combinarán
con
los
conseguidos
por
la
Red
de
Vigilancia
de
la
Contaminación,
los
cartográficos
de
la
Gerencia
Municipal
de
Urbanismo,
un
Sistema
de
Información
Geográfica
y
un
programa
informático
de
cálculo
de
propagación
acústica,
con
lo
que
se
conseguirá
la
representación
cartográfica
de
los
niveles
sonoros
ambientales
que
realmente
han
existido
en
cada
zona
de
estudio
y,
por
extrapolación,
de
los
existentes
en
el
área
circundante.
“Conseguiremos
así
un
Mapa
Acústico
actualizado
cada
poco
tiempo,
que
permitirá
la
adopción
de
las
medidas
adecuadas
sobre
aquellos
focos
que
lo
precisen
de
una
manera
rápida
y
eficaz”,
ha
informado
Gallardón. Este
sistema
ha
supuesto
una
inversión
de
491.450
euros
a
los
que
se
van
a
sumar
otros
230.00
euros
que
el
Ayuntamiento
va
a
destinar
el
próximo
año
2004.
Ordenanza del Ruido El
Pleno
municipal
del
próximo
mes
de
enero
debatirá
la
nueva
Ordenanza
Municipal
del
Ruido.
Esta
norma
se
caracteriza
por
ser
exclusiva
y
especifica
para
el
ruido,
además,
se
ha
adaptado
a
la
Ley
del
Ruido
aprobada
recientemente
por
las
Cortes
Generales,
incluye
medidas
cautelares
y
provisionales
con
carácter
previo
al
expediente
sancionador
e
incrementa
la
cuantía
de
las
sanciones
respecto
a
la
normativa
anterior. Entre
los
nuevos
mecanismos
en
la
lucha
contra
el
ruido
que
incluye
la
futura
Ordenanza
destacan
las
medidas
cautelares
y
provisionales
que
se
podrán
adoptar
antes
de
incoar
expediente
sancionador.
De
esta
manera,
cuando
se
superen
los
niveles
sonoros
autorizados,
Medio
Ambiente
podrá
suspender
obras
o
actividades;
clausurar
temporal,
total
o
parcialmente
instalaciones
o
establecimientos;
precintar
focos
emisores
de
ruido;
inmovilizar
vehículos;
suspender
temporalmente
autorizaciones
o
licencias
para
el
ejercicio
de
una
actividad
o
cualquier
otra
medida
necesaria
para
impedir
la
continuidad
de
la
acción
productora
del
ruido.
Con
estas
medidas
el
Ayuntamiento
persigue
corregir
de
forma
inmediata
aquellas
situaciones
que
perturban
de
forma
grave
la
calidad
de
vida
de
los
ciudadanos,
actuando
de
forma
directa
e
inmediata
sobre
las
fuentes
del
ruido. La
nueva
Ordenanza
mantiene
la
actual
clasificación
de
las
infracciones
(leves,
graves
o
muy
graves)
aunque
se
ha
establecido
una
nueva
tipificación
de
las
mismas.
Se
considerarán
infracciones
graves
el
ejercicio
de
actividades
que
incumplan
las
condiciones
establecidas
por
el
Ayuntamiento
en
la
licencia,
la
manipulación
de
los
sistemas
limitadores,
el
o
incumplimiento
del
horario
para
el
funcionamiento
de
los
equipos
de
reproducción
y
obstaculizar
la
labor
de
inspección
municipal. Sanciones ejemplares Serán
faltas
muy
graves
aquellas
que
ocasionen
daños
graves
al
medio
ambiente
o
pongan
en
peligro
la
seguridad
de
las
personas,
la
producción
de
contaminación
por
encima
de
los
niveles
máximos
establecidos
en
las
zonas
declaradas
de
protección
acústica
especial.
También
se
considerarán
faltas
muy
graves
la
ausencia
de
vestíbulos
acústicos
o
circular
sin
elementos
silenciadores
o
con
los
mismos
ineficaces
o
inadecuados. La
nueva
Ordenanza
también
contempla
el
incremento
de
las
sanciones
que,
en
el
caso
de
vehículos
a
motor,
serán
de
hasta
600
euros
en
faltas
leves,
entre
601
euros
y
12.000
euros
en
faltas
graves,
y
entre
12.001
euros
y
300.000
euros
para
las
faltas
muy
graves. En
cuanto
a
las
infracciones
cometidas
por
el
resto
de
focos
emisores,
destaca
como
novedad
la
posibilidad
de
aplicar
una
combinación
de
sanciones.
Se
podrán
imponer,
además
de
una
multa,
otras
medidas
sancionadora
(cierre,
precintado,
suspensión
o
clausura
del
foco
o
actividad
contaminante,
con
carácter
temporal
o
definitivo,
etc).
Para
las
faltas
leves
la
nueva
Ordenanza
establece
la
posibilidad
de
aplicar
todas
o
alguna
de
las
siguientes
sanciones:
multa
de
hasta
600
euros;
precintado
del
foco
sonoro
por
2
meses
máximo;
suspensión
de
la
actividad
por
2
meses
máximo. En el caso de las infracciones graves se podrán aplicar todas o alguna de las siguientes sanciones: multa desde 601 euros hasta 12.000 euros; precintado del foco por un período máximo de 4 meses; suspensión de la actividad por un período máximo de 4 meses; suspensión de la licencia municipal de instalación o actividad por un período entre 1 mes y 1 día y un año; clausura temporal, total o parcial, de las instalaciones o establecimientos por un período máximo de 2 años. Las infracciones muy graves se sancionarán con una o varias de las siguientes medidas: multa desde 12.001 euros hasta 300.000 euros; revocación de la licencia municipal de instalación o actividad o suspensión de su vigencia por un período entre 1 año y 1 día y 5 años; precintado temporal o definitivo del foco; clausura definitiva, total o parcial, de las instalaciones o establecimientos; clausura temporal, temporal o parcial de las instalaciones o establecimientos por un período no superior a 5 años; prohibición temporal o definitiva del desarrollo de actividades |