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Ruido |
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Calidad
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vida
En cuanto a las infracciones cometidas por el resto de focos emisores, destaca como novedad la posibilidad de aplicar una combinación de sanciones. Se podrán imponer, además de una multa, otras medidas sancionadora (cierre, precintado, suspensión o clausura del foco o actividad contaminante, con carácter temporal o definitivo, etc).
Las infracciones muy graves se sancionarán con una o varias de las siguientes medidas: multa desde 12.001 euros hasta 300.000 euros; revocación de la licencia municipal de instalación o actividad o suspensión de su vigencia por un período entre 1 año y 1 día y 5 años; precintado temporal o definitivo del foco; clausura definitiva, total o parcial, de las instalaciones o establecimientos; clausura temporal, temporal o parcial de las instalaciones o establecimientos por un período no superior a 5 años; prohibición temporal o definitiva del desarrollo de actividades.
En ningún caso la sanción podrá ser inferior al beneficio de cometer la infracción, pudiendo llegar a ser el doble de dicho beneficio. |
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