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Aprobada la Ley de Residuos
de la Comunidad de Madrid Los distribuidores de ciertos productos tendrán que asumir a partir de ahora el coste de su correcta gestión, ya sea reutilización, reciclaje o eliminación |
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Madrid 21 de marzo de 2003 (G.J. / Infoecología) |
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La
Ley de Residuos de la Comunidad de Madrid ha
sido aprobada hoy por el pleno de la
Asamblea después de que el pasado 10 de octubre se iniciara su debate
por los grupos parlamentarios. El texto regula pormenorizadamente y
por primera vez cómo se deben gestionar el conjunto de los residuos,
persigue desincentivar el vertido e impulsar el reciclaje a través de
diversas medidas. Asimismo, ha visto la
luz la Ley del Impuesto sobre Depósito de Residuos, que gravará el
depósito en vertedero de los residuos y su abandono en lugares no
autorizado. Así,
por ejemplo, obliga a que los nuevos desarrollos de los ayuntamientos
de más de 1.000 habitantes tengan puntos limpios en sus términos
municipales, o a que los polígonos industriales y grandes centros
comerciales dispongan de instalaciones para la recogida selectiva de
los residuos que generan. La
nueva Ley de Residuos también establece
la obligatoriedad de que los responsables de la puesta en circulación
de residuos o productos que con su uso se conviertan en residuos
asuman los costes de su adecuada gestión. Por
otro lado, el texto normativo persigue que los planes urbanísticos se
elaboren teniendo en cuenta la generación y la gestión de los
residuos derivados de los potenciales desarrollos urbanos. Para ello,
convierte los planes de residuos en instrumentos jurídicamente
vinculantes, a los que tendrán que atender los planes de desarrollo
elaborados por los entes locales. Otro
de los aspectos más novedosos de la Ley de Residuos es el de la
obligatoriedad de que los agentes económicos que ponen en el mercado
ciertos productos, que pueden ser los propios fabricantes, los
importadores o los distribuidores, sean los responsables y asuman los
costes de la correcta gestión del residuo que generan estos
productos, mediante gestión directa o a través de Sistemas
Organizados de Gestión (S.O.G.) Para
ello, la Ley
de Residuos contempla la creación de una lista de productos que con
su uso se conviertan en residuos, entre los que podrían estar, por
ejemplo, los teléfonos móviles, los ordenadores, los electrodomésticos
o las pilas. Residuos
peligrosos y residuos inertes En el capítulo de residuos peligrosos, el nuevo texto también hace hincapié en el principio de prevención y minimización en la producción de residuos. Por ello, establece la obligación de que todos los productores de residuos peligrosos se sometan cada dos años a una Auditoría Ambiental, a que presenten un Estudio de Minimización y a que dispongan de un Plan de Autocontrol.
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