Aprobada la Ley de Residuos de la Comunidad de Madrid
Los distribuidores de ciertos productos tendrán que asumir a partir de ahora el coste de su correcta gestión, ya sea reutilización, reciclaje o eliminación

Madrid 21 de marzo de 2003 (G.J. / Infoecología)

La Ley de Residuos de la Comunidad de Madrid ha sido aprobada hoy por el pleno de la Asamblea después de que el pasado 10 de octubre se iniciara su debate por los grupos parlamentarios. El texto regula pormenorizadamente y por primera vez cómo se deben gestionar el conjunto de los residuos, persigue desincentivar el vertido e impulsar el reciclaje a través de diversas medidas.  Asimismo, ha visto la luz la Ley del Impuesto sobre Depósito de Residuos, que gravará el depósito en vertedero de los residuos y su abandono en lugares no autorizado.

Así, por ejemplo, obliga a que los nuevos desarrollos de los ayuntamientos de más de 1.000 habitantes tengan puntos limpios en sus términos municipales, o a que los polígonos industriales y grandes centros comerciales dispongan de instalaciones para la recogida selectiva de los residuos que generan. La nueva Ley de Residuos también establece la obligatoriedad de que los responsables de la puesta en circulación de residuos o productos que con su uso se conviertan en residuos asuman los costes de su adecuada gestión. 

Por otro lado, el texto normativo persigue que los planes urbanísticos se elaboren teniendo en cuenta la generación y la gestión de los residuos derivados de los potenciales desarrollos urbanos. Para ello, convierte los planes de residuos en instrumentos jurídicamente vinculantes, a los que tendrán que atender los planes de desarrollo elaborados por los entes locales. 

Otro de los aspectos más novedosos de la Ley de Residuos es el de la obligatoriedad de que los agentes económicos que ponen en el mercado ciertos productos, que pueden ser los propios fabricantes, los importadores o los distribuidores, sean los responsables y asuman los costes de la correcta gestión del residuo que generan estos productos, mediante gestión directa o a través de Sistemas Organizados de Gestión (S.O.G.)

Para ello, la  Ley de Residuos contempla la creación de una lista de productos que con su uso se conviertan en residuos, entre los que podrían estar, por ejemplo, los teléfonos móviles, los ordenadores, los electrodomésticos o las pilas.

Residuos peligrosos y residuos inertes

En el capítulo de residuos peligrosos, el nuevo texto también hace hincapié en el principio de prevención y minimización en la producción de residuos. Por ello, establece la obligación de que todos los productores de residuos peligrosos se sometan cada dos años a una Auditoría Ambiental, a que presenten un Estudio de Minimización y a que dispongan de un Plan de Autocontrol.  


El incumplimiento de estas obligaciones imposibilitará que estos productores obtengan certificados de gestión medioambiental e incluso podrán perder la autorización para llevar a cabo sus actividades. 

Por otro lado, la Ley de Residuos recoge lo ya acordado con la Federación Madrileña de Municipios y previsto en el Plan Regional de Residuos de Construcción y Demolición, recientemente aprobado. En este sentido, declara servicio público --autonómico, y local en el caso del Ayuntamiento de Madrid-- la eliminación de los residuos de construcción y demolición, conocidos como inertes, y establece la obligatoriedad de que los productores de los mismos depositen una Fianza con carácter previo a la concesión de licencias municipales de obras. De este modo, se garantiza que el productor dé un adecuado fin a los residuos que genera.

Asimismo, con el fin de fomentar y favorecer la utilización de materiales procedentes de la valorización de escombros, el
Gobierno regional asume el compromiso de utilizar en las obras públicas materiales recuperados como sustitutivos de materias primas naturales, siempre que sea técnicamente viable.

Por último, se introduce un régimen sancionador con aspectos novedosos respecto a la legislación hasta ahora vigente, con un endurecimiento de sanciones o la inhabilitación para el ejercicio de cualquiera de las actividades previstas en la Ley. Las multas podrán llegar hasta los 3 millones de euros y en ningún caso será igual o inferior al beneficio que resulte de la comisión de la infracción, pudiendo incrementarse su cuantía hasta el doble del mismo.

Canon de Vertido
Asimismo, el pleno de la Asamblea ha dado el visto bueno a la Ley de Impuesto sobre Depósito de Residuos, canon que gravará el depósito en vertedero de los residuos y su abandono en lugares no autorizados.

Según esta nueva normativa, los productores de residuos peligrosos, no peligrosos y escombros tendrán que pagar este canon por cada tonelada o metro cúbico que depositen en vertedero. De este modo, resultará más caro verter que reciclar o reutilizar, o incluso reajustar los procesos productivos para minimizar la generación de residuos

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